
LA LEY DE LA LIBERTAD NATURAL Y LAS BASES DE LOS TRIBUNALES DE LEY COMÚN
1)
Cada hombre, mujer y niño, nace y es por naturaleza libre, igual y
soberano; y posee un inherente conocimiento de lo que es verdadero y
correcto.
En
consecuencia, nadie puede estar
subordinado a otro, o a cualquier autoridad externa, desde que cada
persona con su inherente libertad y sabiduría, hace de ellos una
completa y suficiente creación en si misma, en una amplia comunidad de
iguales.
2)
Esta
soberanía personal es un reflejo de la amplia Ley Natural; en donde
toda vida es por naturaleza indivisible, y extendida en general, para
la supervivencia de todos.
En
cualquier sociedad justa; esta generalidad, dota a toda la gente de un
inalienable derecho de establecer entre ellos mismos, su propio
gobierno, y de defenderse
ellos mismos contra cualquier tiranía o violencia, incluida la
inflingida por autoridades externas.
Cualquier
autoridad, que gobierne injustamente y arbitrariamente, sin el libre y
no coaccionado consentimiento del pueblo, pierde su derecho a gobernar y
puede ser legalmente derrocado.
Un injusto gobernante, no es un
gobernante , sino un tirano. Platón
3)
Esta ley Natural elevada a la consuetudinaria ley Común; cuyo
propósito es proteger las
inherentes libertades, y soberanías de los hombres y mujeres en una
comunidad
manteniendo la equidad, y la paz entre ellos. Esta Ley Común, emana su
autoridad del pueblo en si mismo, y de la capacidad de la gente de saber
que es justo, y de juzgar lo correcto e incorrecto por ellos
mismos.
Esta
capacidad, está expresada en un sistema de jurado de doce personas,
elegidas libremente, quienes serán la mas alta autoridad bajo la ley
Común y sus tribunales.
4)
Historicamente, la ley Común apareció en Europa, y especialmente en
Inglaterra, después de la conquista Normanda, como baluarte contra las
arbitrariedades y reglas de la élite sobre la gente, especialmente
monarcas y Papas. La Autoridad de estas élites, fue emitida
desnaturalizada, de la
guerra, y de la conquista
violenta, mas que de la divina ley de paz e igualdad.
Esta regla de la élite surgió mas poderosa en el imperio romano, y su descendiente la Iglesia de Roma.
5)
Esas reglas, de élites, reyes y papas, basadas en la conquista; fue
elevado a sistema legal conocido como Ley Civil; y la creencia de que
los hombres y las mujeres, no estan dotados con la capacidad de
autogobierno y la sabiduría.
Toda
ley y autoridad, es por consiguiente, emanada externamente por
estatutos concebidos, e impuestos por un gobernador, ya sea Papa,
monarca, o gobierno.
Este
sistema desarrollado de la filosofia Aristoteliana, y de la ley de
Propiedad Romana, en la cual la creación
es dividida y los seres humanos, son tratados como muebles y como
posesiones de otros, y por consiguiente, vaciados de libertades
inherentes.
Por
lo tanto , la gente, era en todos los sentidos esclavizada y cortada
del mundo dado en común a todos, categorizada, y clasificada,con
garantizadas estrictas" libertades" (freithomes), o privilegios de
esclavos; que eran definidos y limitados a través de estatutos emanados
por los dirigentes.
6)
La Ley Común y la ley Civil, son por consiguiente, fundamentalmente
opuestas, y estan en guerra una con otra. No pueden ser reconciliadas,
desde que ellas emanaron de dos completamente diferentes nociones de
humanidad y
justicia.
La
Ley Común, conoce la vida como
un regalo gratis dado ecuánimemente a todos; cuando en la Ley Civil,
la vida es condicional,privilegiada, y la humanidad es una controlada
población de esclavos. Consiguientemente, los gobiernos operaban en la
práctica con el estatuto Civil, (Ley), y denigraban o ignoraban la ley
Común totalmente, a través de las reglas de tribunales dominados por
jueces arbitrarios.
7)
La mas extrema forma de
reglas de la élite, basada en la Ley Civil; es la que es llamada Papal
o Canónica. La cual define a la Iglesia de Roma, como la única con
legítima autoridad sobre la tierra, bajo la cual todas las otras
leyes,gentes y gobiernos están subordinados. La Ley Canónica, se
autogobierna, y es completamente incomprensible para cualquiera salvo
para si misma.
A
pesar de su retórica cristiana, el catolicismo romano, es un culto
neopagano basado sobre el sistema de culto al emperador romano, de la
última parte del siglo 3, conocido como Sol Invictus; en el cual , un
soberano es
nombrado
Dios y maestro (Deus et Dóminus). Y
gobierna cielo y tierra.
Este
sistema tiránico, no sorprendentemente, ha causado mas guerras,
genocidio, conquistas y asesinatos que cualquier otro poder en la
historia humana, y continua siendo la mayor simple amenaza a la Ley
Común, y a la libertad humana.
8)
La Iglesia de Roma, fue la primera y mas antigua corporación en nuestro
planeta; una entidad legal diseñada para la protección de tiranos, la
cual anula la responsabilidad de las élites por cualquier crimen, o
conquista que ellos cometan.
Desde Roma, el Vaticano S.A ha extendido la enfermedad, que ahora amenaza con
destruir nuestro planeta y nuestras vidas..
Una
incomprensible oligarquía corporativa, que donde quiera que va, socava
la libertad y subordina toda la vida al beneficio y al poder.
9)
Hasta este momento de conquista corporativa y de sometimiento de la
humanidad, un movimiento contrario está naciendo, para reafirmar el
divino propósito y su modo de actuar, a través de la Ley Común, para
restaurar a la tierra y a la humanidad, a su ser natural; como un cuerpo
común. Este movimiento, es predicho en la biblia en una profecía, en la
que el tiempo,cuando toda la gente vuelva a su igualdad natural,
careciendo de todas las divisiones, privilegios y opresión, para poder
vivir en armonía unos con los otros y
con la creación.
10)
Este restablecimiento de la humanidad,es un divino propósito, y
comienza por activamente eliminar toda autoridad e instituciones
provenientes de la Ley Civil Romana, y
reemplazarlas con un nuevo ordenamiento, basado en la jurisdicción de
la Ley Común. La creación de
esta nueva autoridad de la ley Natural, en una humanidad liberada, es
fundamental para el propósito de los tribunales de Ley Común.
ESTABLECIENDO Y MANTENIENDO
TRIBUNALES DE LEY COMÚN
UNA GUIA
PRACTICA
Esos
principios fundamentales, establecen la legitimidad y legalidad de la
Ley Común, y compelen la formación de los
tribunales, con el poder de
procesar y condenar a cualquier persona o institución, que amenace a la
comunidad. La autoridad para establecer semejantes tribunales,
emana de la soberanía del pueblo como un todo, y no de cualquier
sistema político particular o gobierno. Los tribunales de ley Común, son
por consiguiente, universales, no constreñidos por fronteras o leyes
tradicionales, y son jurídicamente competentes para adjudicarse
cualquier asunto o queja.
Los tribunales de Ley Común, no están sujetos, y no reconocen a otra autoridad legal o moral, inmunidad o privilegio.
Disfrutando
jurisdicción universal por causa de sus raices en la Ley Natural, los
tribunales de ley Común,pueden ser establecidos en cualquier país o
comunidad, y no solo dentro de naciones con específica tradicion en la
Ley Común, como Inglaterra, Canadá y Estados Unidos.
Los
tribunales de Ley Común, son establecidos, cuando un indeterminado
número de hombres y de mujeres, van juntos a juzgar un asunto
concerniente a
ellos y a su comunidad.
Este
tribunal, entonces establece un jurado ciudadano, de al menos 12
personas, un ciudadano acusador, para conducir el caso, en
representación del pueblo, un árbitro presidente,cuyo trabajo es
estrictamente asesorador, y un sheriff para ejercitar las
citaciones,órdenes y veredictos del tribunal.
Los
defendidos, nombrados por el tribunal, deben presentar su propio caso
en todos los procedimientos del tribunal, ya que, permitir a otro
representarlos, sería entregar sus derechos naturales y soberanía.
No hay abogados, o jueces profesionales, en el sistema de tribunales de Ley Común.
No
hay restricción en el poder de un tribunal de Ley Común, para acceder a
cualquier persona, lugar o cosa, así como no hay limitaciones en el
tiempo, o en los derechos del tribunal. A través de la persona del
ciudadano acusador,el tribunal , puede emitir públicas citaciones, que
son vinculantes sobre cualquier persona e institución, y ejecutables por
el oficial (sheriff) del tribunal, quién tiene un ilimitado derecho,
para detener cualquier persona nombrada en la citación y entregarla al
tribunal.
El
veredicto final de un jurado en un tribunal de Ley Común, es
concluyente y no está sujeto a apelación, simplemente porque un
razonable y no coaccionado grupo de ciudadanos, pueden llegar a la
verdad en cualquier materia, basado en la evidencia solamente; poseyendo
como ellos tienen, un inherente conocimiento de lo que es correcto y lo
que está mal.
La
verdad no es
mutable, un acusado, o es inocente o es culpable; la verdad no es
sujeto de revisión o consideración, porque entonces no es verdad.
La
sentencia del tribunal es final, y es ejecutada no solo por el oficial
del tribunal , sino también por todos los ciudadanos,que es de donde
procede la Ley Común; y es directa responsabilidad de toda la gente, así
como de todos sus procedimientos.
No
hay restricción en el poder de un jurado de ciudadanos, para imponer
una sentencia a cualquier persona grupo o institución. El árbitro no
tiene poder para alterar, influenciar o dirigir el veredicto, o
sentencia del jurado; simplemente asesora al jurado en materias legales.
7)
Por último, una vez emitido su veredicto y sentencia, el jurado del
tribunal de Ley Común, finaliza automáticamente y sus miembros son
liberados de su obligación. Ningún tribunal es sostenido sin el
consciente consentimiento y participación del pueblo en si mismo.
De
nuevo, no hay profesionales o casta permanente, tanto de abogados o
jueces en un sistema de Ley Común, sino oficiales temporalmente
elegidos.
PROCEDIMIENTOS Y PROTOCOLOS
- Paso Uno : Recopilando el caso
- Paso Dos: Formación del tribunal, reglas del árbitro, acusador y jurado
- Paso Tres: Juramento de los oficiales del tribunal y del jurado
- Paso Cuatro: Emisión de públicas citaciones
- Paso Cinco: Convocación del tribunal, apertura de argumentos por ambas partes o por la acusación, solo cuando los defendidos están en ausencia
- Paso Seis: Procedimientos Principales
Parte A) : El acusador presenta su alegato
Parte B): La defensa responde a la acusación
Parte C): La defensa presenta su alegato
Parte D): La acusación replica el alegato de la defensa.
Cierre de sumarios y argumentos por ambas partes ante el jurado, y recomendaciones finales del árbitro.
- Paso Siete: El jurado se retira a deliberar
- Paso Ocho: El jurado emite su unánime veredicto y sentencia
- Paso Nueve: El tribunal disuelve el jurado; y el oficial (Sheriff) y la comunidad ejecutan el veredicto y la sentencia
Hola donde y cuando dijo publicamente el pontificfrancisco que no denuncien y desobedescan las leyes
ResponderEliminarTengo info del proceso de soberanía en España. A quien le interese: romacho_live@hotmail.com
EliminarTengo info del proceso de soberanía en España. A quien le interese: romacho_live@hotmail.com
ResponderEliminarA la mierda las banderas johnny gr soberano del rey , osea falso soberano
ResponderEliminarA la mierda las banderas johnny gr soberano del rey , osea falso soberano
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